Derogación de la Ley 5/2014 (LOTUP) y sus modificaciones y publicación del nuevo DECRETO LEGISLATIVO 1/2021

21 de julio de 2021

Derogación LOTUP y modificaciones. Nuevo Decreto Legislativo 1 2021 

El pasado 16 de Julio se publicó en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana el nuevo Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de Junio, del Consell de aprobación del texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje.

El citado Decreto deroga la que hasta ahora había sido la Ley 5/2014 de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunitat Valenciana conocida como LOTUP.

La publicación tiene su razón de ser en la seguridad jurídica ante las distintas normas que han modificado por diversos motivos la citada ley, la elaboración de un texto único en el que se incluyan, debidamente aclaradas y armonizadas, todas las modificaciones incorporadas en la Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunitat Valenciana, desde su entrada en vigor, entre las que destaca la Ley 1/2019.

Este nuevo texto refundido de la Ley 5/2014 se articula en 310 artículos, que se estructuran en tres libros dedicados, respectivamente, al planeamiento, a la gestión urbanística y a la disciplina urbanística, y tiene 5 disposiciones adicionales, 28 disposiciones transitorias, 1 disposición derogatoria y 3 disposiciones finales.

Con todo ello se ha producido un reajuste de la numeración de los artículos. En lo referente a las ecuv_cias urbanísticas y declaraciones responsables, anteriormente en los artículos 213 y 214, se encuentran ahora en los artículos 232 y 233, respectivamente.

EQA como Entidad Colaboradora Urbanística de la Generalitat Valenciana, ECUV, regulada en la actual disposición adicional cuarta del Decreto Legislativo 1/2021 y desarrollada en el Decreto 62/2020 está habilitada para agilizar los actos sujetos a ecuv_cia urbanística regulados en el artículo 232 y con nuestro certificado de conformidad los actos regulados en el apartado 2 del artículo 233 pasan a ser en Declaración Responsable, habilitando para el inmediato inicio de las obras en el momento que se registran dichos certificados en los Ayuntamientos de la Comunidad Valenciana entre los que destacan la demolición de las edificaciones, las reformas que afecten a la estructura y los cambios de uso (actuaciones que sin el certificado ECUV siguen siendo ecuv_cia urbanística).